Según recogen los Estatutos los Aparejadores o Arquitectos Técnicos someterá obligatoriamente al visado del Colegio TODOS sus encargos profesionales con las excepciones contempladas en los mismos (intervenciones para Organismos Oficiales si el colegiado designado ostenta la condición de funcionario o análoga relación laboral y aquellos que así se establezca por disposición legal o acuerdo del Consejo General).Se enumera a continuación una relación, descriptiva pero no excluyente, de los mismos:
• Dirección de ejecución material de edificación.
• Dirección de ejecución material de urbanización.
• Dirección de ejecución material de ascensores.
• Legalización de la dirección de ejecución material de edificación.
• Legalización de la dirección de ejecución material de urbanización.
• Legalización de la dirección de ejecución material de ascensores.
• Proyecto y dirección de instalación de grúa.
• Certificados de montaje de andamios.
• Estudio de Seguridad y Salud
• Estudio Básico de Seguridad y Salud
• Estudio Básico
• Coordinación de Seguridad y Salud en la fase de redacción de proyecto.
• Coordinación de Seguridad y Salud en la fase de ejecución de obra.
• Informes, dictámenes y certificados.
• Actuaciones periciales.
• Valoraciones de edificios o solares.
• Deslindes y mediciones de terrenos, solares y edificios.
• Reconocimientos, consultas, examen de documentos y diligencias.
• Proyecto y dirección de derribos de edificaciones.
• Administración de los fondos invertidos en la obra.
• Inspección y comprobación de instalaciones.
• Estudio y realización de mediciones y relaciones valoradas.
• Redacción de planes de emergencia.
• Memorias de actividad.
• Estudio y comparación de ofertas.
• Revisión de precios unitarios y reajuste de presupuestos.
• Trabajo de racionalización, de planificación y de programación.
• Estudio de obras.
• Estudio y valoración de obras.
• Proyectos de ejecución de obra de reforma, habilitación, adecuación o rehabilitación según LOE.