NUEVO REAL DECRETO SOBRE EXPOSICIÓN A AGENTES CANCERÍGENOS DURANTE EL TRABAJO
12/07/2024. El día 3 de julio se ha publicado en el BOE el Real Decreto 612/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Ha entrado en vigor el día 4 de julio e introduce los cambios necesarios para adaptarse a la normativa europea.
Las principales novedades de esta disposición son las siguientes:
- Protección frente a los agentes reprotóxicos (tóxicos para la reproducción), con nuevas definiciones y especificidades derivadas de la existencia de agentes reprotóxicos según cuenten o no con umbrales, así como un plazo específico de conservación de determinados documentos (listado de los trabajadores expuestos a agentes reprotoxicos y sus historiales médicos, después de terminada la exposición, al menos, durante cinco años).
- Se incorporan dos agentes cancerígenos y doce agentes reprotóxicos en la tabla de valores límite de exposición profesional del anexo III, así como el establecimiento de un nuevo anexo III bis, Valores límites biológicos vinculantes y medidas de vigilancia de la salud que incorpora un valor límite biológico de plomo en sangre y de las circunstancias en que procede efectuar el control biológico.
- Se refuerzan las medidas dirigidas a sustituir, en la medida en que sea técnicamente posible, la utilización en el trabajo de agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos, y cuando no sea posible, medidas de prevención y reducción de la exposición, medidas de higiene personal y de protección individual (entre ellas el empresario se responsabilizará del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin), de vigilancia de la salud y documentación, información y formación de los trabajadores.