PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2026-2030, REAL DECRETO 326/2026

24/04/2026. Se ha publicado en el BOE nº 99, de 23 de abril, el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 se estructura en siete capítulos entre los que destacan el Capítulo II, sobre la línea de financiación de ayudas para el fomento del incremento de la oferta de vivienda social y asequible, el Capítulo III, sobre la línea de financiación de ayudas para el fomento de la rehabilitación edificatoria, la accesibilidad y la renovación urbana y rural y el Capítulo IV, sobre la línea de financiación de ayudas para reducir la tasa de esfuerzo para el pago de la vivienda, así como para impulsar la emancipación de las personas jóvenes.
Los objetivos estratégicos que guían el Plan se inspiran en los siguientes cinco principios:
1. Más vivienda pública, protegida y asequible.
2. Mejor vivienda (eficiencia energética y accesibilidad).
3. Facilitar el adelanto de la edad de emancipación.
4. Reducir la tasa de esfuerzo para el pago de la vivienda.
5. Contribuir a la reversión de las zonas de mercado residencial tensionado.
El Plan está dotado con 7.000 millones de euros, de los cuales el Gobierno aportará el 60% de los fondos y las comunidades autónomas el 40% restante. El 40% de la inversión debe destinarse a ampliar la oferta del parque público, ya sea a través de la construcción o de la adquisición de nuevas viviendas para conformar ese parque de vivienda pública a precios asequibles. La rehabilitación supondrá el 30% de los fondos, y el mismo porcentaje se dedicará a las ayudas para las personas que lo precisen.
La ejecución del Plan se articulará mediante convenios o, en su caso, resoluciones de transferencias con las Comunidades Autónomas. En ellos se fijarán las aportaciones anuales de la Administración General del Estado y los compromisos de cofinanciación de cada territorio, priorizando las actuaciones compartidas para reforzar la corresponsabilidad. Tanto las resoluciones como los convenios entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, únicamente se formalizarán cuando exista acuerdo sobre los requisitos mínimos propuestos en la Conferencia de Presidentes: la coinversión del 40 % del Plan, la garantía de permanencia de las viviendas financiadas con fondos estatales y el compromiso de compartir datos e información.
Se remitirá un informe más detallado sobre el contenido del Real Decreto una vez se haya podido analizar en mayor profundidad.
Fuente: CGATE








