AYUDAS PARA LA ELABORACIÓN DEL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE Y PROYECTOS DE REHABILITACIÓN


IMAGEN 19 SEPTIEMBRE

19/09/2022. En el BOCyL nº 180 del día 16 de septiembre se ha publicado la convocatoria pública de subvenciones del programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y a la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 853/202.

A continuación, se detallan los datos de esta convocatoria cuyas bases reguladoras son el R.D. 853/2021, cuyo texto consolidado se puede consultar en este enlace.

EXTRACTO de la Orden de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan subvenciones del programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y a la redacción de proyectos de rehabilitación, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.


ORDEN COMPLETA


La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria de 4.532.739 euros  y su objeto es financiar la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.

El plazo de presentación de solicitudes ya ha comenzado y concluirá el 31 de octubre de 2025.

Las cuantías de las ayudas dependerán del número de viviendas del edificio, y podrán alcanzar hasta 3.500 euros por Libro del Edificio Existente y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total, excluidos los impuestos.

El Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación (LEEX) es un documento esencial para acceder a las ayudas a la rehabilitación de edificios y de viviendas. Y ello porque para justificar las reducciones en los consumos energéticos es indispensable acreditar la situación de partida y la estimada después de las obras, así como justificar y documentar dichas actuaciones.

Los requisitos de los edificios objeto de las actuaciones subvencionables son los siguientes:


- Estar situados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y finalizados antes del año 2000.
- Que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

La documentación a aportar con la solicitud se puede consultar en la Orden publicada el día 16 de septiembre.

La forma de pago será por transferencia bancaria una vez justificada la subvención que se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión en el caso del LEEX y en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda para los proyectos técnicos. En el ejercicio 2022 y siguientes, las ayudas concedidas al amparo de esta orden no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional quinta de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto. En concreto las subvenciones concedidas en esta convocatoria será compatibles con las ayudas reguladas en los programas de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio y a nivel de edificios y en el programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, previstos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

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