VENTA Y ALQUILER DE VIVIENDAS PROTEGIDAS EN CASTILLA Y LEÓN


imagen 19 julio

19/07/2022. Mediante la publicación en el BOCyL del día 19 de julio de la ORDEN MAV/868/2022, la Junta de Castilla y León actualiza los ámbitos municipales y los coeficientes para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler de viviendas protegidas en Castilla y León.

Esta actualización se justifica por el transcurso de más de diez años desde la aprobación de la anterior orden. La misma reduce el número de ámbitos territoriales a tres, reasigna el ámbito de algunos municipios y revisa coeficientes a fin de ajustar los precios de la promoción a las circunstancias del mercado, en especial, de los pequeños pueblos, con el objetivo de hacer más atractivas estas promociones e impulsar la actividad inmobiliaria en estos núcleos de población del medio rural.  

Se mantiene el módulo básico estatal aprobado por el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 que asciende a 758 euros.

Los precios máximos por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas de protección pública, así como el de las viviendas colaborativas protegidas, serán en cada ámbito territorial, el resultado de multiplicar el módulo básico estatal por los coeficientes establecidos en la orden para cada ámbito y tipología de vivienda.

Así, y en función del tamaño de cada municipio y su número de habitantes, en el ámbito municipal número 1 están incluidos los municipios de Burgos, León, Salamanca, Segovia y Valladolid. En el ámbito 2 están Ávila, Palencia, Soria y Zamora y las localidades de Aguilar de Campoo, Aranda de Duero, Arroyo de la Encomienda, Carbajosa de la Sagrada, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Miranda de Ebro, Ponferrada, Real Sitio de San Ildefonso, San Andrés de Rabanedo y Santa Marta de Tormes.

En el grupo 3 se encuentra el resto de municipios de la Comunidad.

En la citada Orden también se determina la renta anual máxima que será diferente en función de cada ámbito territorial y el número de miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia.

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