REAL DECRETO 809/2021, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN Y SUS ITC
13/10/2021. En el BOE nº 243 de 11 de octubre se ha publicado el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El objeto de este Real Decreto es la aprobación del Reglamento de equipos a presión y de las instrucciones técnicas complementarias ITC EP-1 sobre calderas, ITC EP-2 sobre centrales generadoras de energía eléctrica, ITC EP-3 sobre refinerías y plantas petroquímicas, ITC EP-4 sobre depósitos criogénicos, ITC EP-5 sobre botellas de equipos respiratorios autónomos, ITC EP-6 sobre recipientes a presión transportables, y la ITC EP-7 sobre terminales de gas natural licuado. Su objetivo es la adaptación de la reglamentación de seguridad de equipos a presión a la nueva clasificación de sustancias que se aplica en el ámbito europeo, así como su actualización teniendo en cuenta la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando en la aplicación del Reglamento.
En este Reglamento se regulan las normas y criterios de seguridad para la adecuada utilización de los equipos a presión con relación a la instalación, inspecciones periódicas, reparación y modificación de los equipos a presión incluidos en su ámbito de aplicación. Además, derogará el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El nuevo Real Decreto introduce modificaciones en las siguientes Instrucciones Técnicas Complementarias:
– La instrucción técnica complementaria ITC-LAT 09 «Anteproyectos y Proyectos», aprobada por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.
– La instrucción técnica complementaria ITC-RAT 20 «Anteproyectos y Proyectos», aprobada por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión.
– La Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas aprobada por el Real Decreto 837/2003.
Este RD entrará en vigor el 2 de enero de 2022, salvo la modificación de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» Grúas Móviles, que entra en vigor a partir del 11 de octubre de 2021.
Entre los principales cambios efectuados, se pueden destacar:
* Modificación de las condiciones de instalación y puesta en servicio de instalaciones a las que se conectan botellas transportables, con objeto de mejorar la seguridad de las mismas y su seguimiento por parte de la administración competente.
* Modificación de los niveles de inspección que deben soportar las calderas de lejías negras, reduciendo así las paradas de estas instalaciones para mejorar su disponibilidad y sin que ello suponga una disminución en la seguridad de las inspecciones.
* Se han introducido cambios en la ITC-EP 03 (Refinerías de petróleos y plantas petroquímicas) y en la ITC-EP 04 (Depósitos criogénicos) que permiten una mejor gestión en la planificación de las inspecciones periódicas de determinados equipos.
* Con objeto de reducir al mínimo los efectos de posibles accidentes, se han incrementado los requerimientos de seguridad de los centros de recarga, tanto de botellas para respiración autónoma (EP-5) como de botellas transportables (EP-6), así como de los centros de inspección periódicas de botellas para respiración autónoma (EP-5).
* Se ha aprobado una nueva ITC-EP 07 relativa a las instalaciones de regasificación de gas natural licuado (GNL), lo que permitirá una mejor gestión de las inspecciones periódicas de este tipo de instalaciones, permitiendo aumentar la disponibilidad y productividad de las mismas.