RD 822/2021 ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS Y ASEGURAMIENTO CALIDAD



imagen 5 julio 2021
30/'09/2021. El 29/09/2021 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Entre los principales objetivos de este decreto está garantizar la calidad de la oferta académica y favorecer el ejercicio efectivo de la autonomía universitaria tanto en la planificación como en la definición de las características de su oferta académica. Además, mejora la empleabilidad del estudiantado, gracias a un aumento de las capacidades, de su conocimiento y su movilidad. De igual forma, posibilita la ordenación de la oferta de títulos oficiales por parte de las Comunidades Autónomas en el desarrollo de sus competencias, puesto que interrelaciona las demandas cambiantes de la sociedad y las iniciativas académicas universitarias.

Así pues, las acciones que conforman este nuevo decreto están dirigidas a la mejora de la calidad, la agilización de los trámites de evaluación de los títulos, así como la modernización e innovación de las enseñanzas universitarias. Este las principales acciones se encuentran las siguientes:

• La consolidación de los planes de estudio de grado de 240 créditos, con la única excepción de aquellos que por directrices europeas deben ser de 300 o 360 créditos, manteniéndose así definitivamente la estructura básica de la oferta académica, actualmente vigente, configurada en tres etapas: Grado, Máster y Doctorado.
• La simplificación de los procesos administrativos para asegurar la calidad de la oferta académica.
• La implementación de programas de grado con itinerario académico abierto y la mención dual, entre otras estructuras curriculares específicas.
• La formación a lo largo de la vida con el fin de ampliar y actualizar los conocimientos y la formación para contribuir a una mayor inserción laboral de los ciudadanos y ciudadanas.

Asimismo, cabe destacar que el texto normativo incorpora un nuevo anexo donde se recogen los ámbitos del conocimiento en los cuáles se han de inscribir los títulos universitarios oficiales de Grado y de Máster, siendo uno de estos ámbitos la “Arquitectura, construcción, edificación y urbanismo, e ingeniería civil”.


Fuente: Consejo General

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