Durante la intervención de los ponentes, representantes del Ministerio de Industria, Tecnifuego - Aespi, EOTA y Cepreven, se presentaron las novedades que aparecen en el nuevo Reglamento, que entrará en vigor el 1 de julio de 2013, en sustitución de la ya obsoleta Directiva de Productos de la Construcción de 1989.
Entre otras conclusiones, se constató la importancia de la nueva Norma, que constituye una evolución de la Directiva que se deroga, por la que los fabricantes, con el soporte técnico necesario, deberán especificar las características de los productos e indicar las prestaciones de los mismos.
Este hecho plantea responsabilidades no sólo para ellos, sino también para los técnicos prescriptores o de control, quienes tendrán que verificar que las prestaciones de los productos se ajustan a los requerimientos de cada obra concreta. También tiene una especial significación para los aseguradores, en relación con las instalaciones de seguridad activa contra incendios, dentro del marco regulatorio armonizado, y pasiva, en el marco voluntario, así como en relación con los propios materiales y sistemas constructivos, de especial significación para las coberturas contempladas en la LOE.