ACTUALIZACIÓN DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018 - 2021

16 diciembre
16/12/2020. En el BOE del 10 de diciembre se ha publicado el “Real Decreto 1084/2020, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19”


Esta actualización del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 posibilitará mejorar la gestión y la eficiencia de los recursos públicos. De esta forma se extiende el plazo para la ejecución de 193 Áreas de Regeneración y Renovación Urbana del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 y su prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2022, así como la ayuda para la adquisición de vivienda de los jóvenes a los núcleos de población de menos de 5.000 habitantes, incrementando la contribución al Reto Demográfico.


Todas las modificaciones introducidas están dirigidas a facilitar la gestión y lograr una mayor eficiencia de los recursos. Por ello, se suprime la exigencia de la suscripción de un acuerdo entre el Ministerio, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento correspondiente, con carácter previo a la adquisición de viviendas por las Administraciones Publicas o sus entidades vinculadas o dependientes, con ayudas del Ministerio, con objeto de acelerar el incremento el parque público de vivienda.


Se extiende la ayuda a la adquisición de vivienda a los jóvenes, no solo en municipios de menos de 5.000 habitantes sino también en núcleos de población de menos de 5.000 habitantes. Se aclara así la intención inicial del regulador y se incrementa la contribución a los objetivos del Reto Demográfico.


La actualización del Plan también incluye la regulación de un proceso de verificación y comprobación razonablemente eficiente y que garantice la correcta aplicación de las ayudas transitorias de financiación aprobadas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, es decir, de los préstamos avalados y subvencionados por el Estado para arrendatarios vulnerables como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

 

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