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El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el Proyecto de Ley que modifica la Ley de Prevención Ambiental, que se adecúa a las normativas europea y estatal, en un marco de regulación más transparente y favorable a la actividad económica al tiempo que garantiza la protección del medio ambiente.

 

 

La nueva norma racionaliza los procedimientos administrativos para una mayor eficacia en la tramitación y reduce trabas y costes de tramitación a las empresas. Por ejemplo, se potencia el régimen de comunicación ambiental, frente al sometimiento a licencia ambiental. Se refiere a actividades en instalaciones menos contaminantes y que requieren menos controles previos. En este sentido, quedan sujetas al régimen de licencia ambiental únicamente las actividades que no se someten a evaluación de impacto ambiental, y pasan al régimen de comunicación, además de las que se relacionan en un anexo del Proyecto, aquellas que obtengan una declaración de impacto ambiental favorable; por tanto, en aquellas actividades poco contaminantes y las que ya han sido analizadas en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, la licencia se sustituye por una sencilla comunicación. Es decir, aquellas actividades que tiene Evaluación de Impacto Ambiental favorable no necesitan solicitar licencia ambiental, basta con la comunicación ambiental.

 

Por otra parte, en cuanto a la Evaluación de Impacto Ambiental se armoniza la normativa estatal y autonómica limitando los proyectos sometidos a este trámite a los determinados por la normativa estatal básica con procedimiento ordinario para proyectos de obras, instalaciones o actividades con efectos significativos sobre el medio ambiente que concluirá con la Declaración de Impacto Ambiental -DIA-. Hay una excepción que se materializa en cuatro tipos de proyectos en los ámbitos de urbanismo, energía e industrias nuevas generadoras de residuos peligrosos que quedan sometidos al procedimiento simplificado que concluirá con informe de impacto ambiental que puede determinar que se someta o no a Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria. 

 

Esta delimitación implica que 45 tipos de obras, instalaciones o actividades dejen de estar sometidas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y supone la aplicación plena en Castilla y León de las medidas de simplificación y reducción de plazos establecidos por la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental a nivel nacional.

 

El Proyecto se completa con otra serie de modificaciones y adiciones que pretenden clarificar y dar seguridad a las comunicaciones y licencias ambientales, completar y mejorar el régimen sancionador, así como concretar el contenido de la documentación que deben presentar los promotores.

 

 

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