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En esta orden se señala que es necesario dar un paso adelante para tratar de promover la cultura de la mediación en nuestro país, ya que la “Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles” no ha conseguido los objetivos que se había fijado. Por esa razón, el Gobierno ha decidido desarrollar el anteproyecto de ley de impulso de la mediación.  

Según fuentes del Ministerio de Justicia, la mediación será obligatoria en los casos de responsabilidad por negligencia profesional; en las sucesiones; en la división judicial de patrimonios; en los conflictos entre socios; en las disputas relacionadas con la propiedad horizontal y comunidades de bienes; en los contratos de distribución; en las reclamaciones de cantidad entre personas físicas inferiores a 2.000 euros; y en los asuntos de protección de los derechos al honor, la intimidad o la propia imagen, entre otros.

En este contexto, se consideraba necesario contar con un foro de participación y diálogo con la sociedad civil, en el que se procure el debate y el intercambio de información con los diferentes sectores civiles y profesionales implicados en la actividad mediadora, y donde se canalicen las propuestas de cada uno de los sujetos relacionados con la mediación, al tiempo que se potencia ésta como institución complementaria de la Administración de Justicia.

Dicho foro centrará sus actividades en el desarrollo de la mediación en los ámbitos civil y mercantil fundamentalmente, sin perjuicio de que puedan ser objeto de estudio, dado el carácter abierto de las propuestas que se emitan, iniciativas relacionadas con otras ramas del ordenamiento jurídico, como la mediación contencioso-administrativa o la penal.


El Foro se constituye como un órgano colegiado y dependerá de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia, sin que sus acuerdos tengan efectos directos frente a terceros.

El Foro desarrollará las siguientes funciones:

a) Asesorar al Ministerio de Justicia en el diseño, desarrollo e implantación de mecanismos de mediación en el marco normativo español.

b) Contribuir a la evaluación y seguimiento en la aplicación de la normativa de mediación.

c) Efectuar propuestas en materia mediación, a iniciativa propia o a petición de los Departamentos ministeriales que así lo soliciten a la Presidencia del Foro.

d) Proponer medidas de educación que tengan como objetivo informar, orientar y sensibilizar a la sociedad sobre los valores de la mediación como método idóneo para la resolución de conflictos entre los ciudadanos.

e) Proponer medidas formativas, que redunden en la calidad de los servicios de mediación.

f) Impulsar la coordinación entre la iniciativa pública y privada en materia de mediación.

g) Aprobar, en su caso, su Reglamento interno de funcionamiento.

h) Potenciar el intercambio y la difusión de buenas prácticas de mediación.

 

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