MEDIDAS SOCIALES DE REACTIVACIÓN DEL EMPLEO Y PROTECCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO


BOE
02/07/2020. El pasado 27 de junio se ha publicado en el BOE nº 178 el REAL DECRETO-LEY 2472020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial


En relación a las prestaciones para autónomos, los aspectos fundamentales del Real Decreto-Ley 24/2020 aprobado el sábado son los siguientes:


* El 30 de junio finaliza la prestación extraordinaria por cese de actividad que se venía percibiendo.
* Los autónomos beneficiarios de esta prestación extraordinaria a 30 de junio tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social y formación profesional con las consiguientes cuantías:
1. 100% del mes de julio.
2. 50% del mes de agosto.
3. 25% del mes de septiembre.
* Los autónomos podrán solicitar la prestación por cese de actividad previsto en el artículo 327 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, cumpliendo sus requisitos y uno adicional y fundamental y es que se exigirá acreditar una reducción en la facturación durante el tercer trimestre del año 2020 de al menos el 75 por ciento en relación con el mismo periodo del año 2019, así como no haber obtenido durante el tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 euros.

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